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sábado, 21 junio 2025

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La APB establece dos canales de navegación en el puerto de La Savina

La medida regula el acceso al puerto mediante canales segregados y contempla sanciones tras la publicación de la ordenanza en el BOE

La APB establece dos canales de navegación en el puerto de La Savina

La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) ha implantado un sistema de doble canal de navegación en el puerto de La Savina con el objetivo de incrementar la seguridad y mejorar la eficiencia del tráfico marítimo. Esta medida, basada en estudios técnicos y pruebas en tiempo real, responde al incremento de movimientos portuarios y al riesgo asociado a la convivencia de buques y embarcaciones de recreo.

El nuevo sistema establece dos canales diferenciados para el acceso y salida del puerto. El canal principal, ubicado al norte, está destinado a buques y embarcaciones con eslora igual o superior a 24 metros, manga igual o superior a 6 metros o calado igual o superior a 2 metros. El canal secundario, situado al sur, se reserva a embarcaciones que no cumplan con estas características, incluyendo embarcaciones de recreo y pesqueras.

Ambos canales funcionarán en doble sentido y se deberá mantener la navegación por la mitad derecha en el sentido de avance. Se permitirán excepciones únicamente cuando el atraque así lo requiera, minimizando el tiempo de cruce por el canal contrario. La velocidad máxima permitida durante las maniobras de entrada y salida del puerto seguirá limitada a 15 nudos al norte y 6 nudos al sur del dique exterior de abrigo.

Para señalizar la delimitación de los canales se han instalado cuatro boyas amarillas numeradas del 1 al 4 en sentido de entrada al puerto, así como una baliza con destellos rojos situada en el extremo del muelle del pantalán destinado a buques de pasaje. La señalización ya se encuentra operativa y con ella entra en vigor la obligatoriedad de respetar los canales establecidos.

Asimismo, queda prohibido el fondeo de buques, embarcaciones o artefactos navales en ambos canales sin autorización expresa de la APB, salvo en situaciones de fuerza mayor o peligro para la vida humana en el mar.

El Consejo de Administración de la APB ha aprobado una ordenanza que regula estas disposiciones. Las sanciones por su incumplimiento no se aplicarán hasta que dicha ordenanza sea publicada oficialmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El presidente de la APB, Javier Sanz, ha subrayado que esta medida reafirma el compromiso del organismo con la seguridad marítima y la optimización del tráfico en el puerto de La Savina.

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